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Rentas y hospedaje

Deducción opcional de arrendamiento

Es la opción de deducir 35% de ingresos por arrendamiento en sustitución de deducciones autorizadas, bajo las condiciones del régimen.

Equipo SURE Contable Publicado:

La deducción opcional de arrendamiento permite, bajo el régimen correspondiente, restar 35% de los ingresos en sustitución de deducciones autorizadas. No es una tasa de ISR ni significa que pagas al SAT ese porcentaje de la renta.

Ejemplo

Sobre 10,000 pesos de ingresos considerados para la opción, 3,500 serían la deducción porcentual de esa ilustración. Todavía deben revisarse cálculo del impuesto, predial permitido y demás condiciones. La cifra no representa automáticamente una devolución o un pago definitivo.

Qué revisar

Compara la opción con gastos admitidos y documentados bajo el esquema comprobable. Revisa reglas para elegirla, inmuebles comprendidos y posibilidad de cambiar en la declaración que corresponda. No varíes el criterio libremente de un mes a otro ni lo traslades sin revisión a RESICO.

Esta opción se relaciona con ISR; el IVA de la operación requiere su propio análisis. Conserva contratos, cobros y comprobantes aunque no deduzcas cada gasto para ese cálculo. El control permite conocer utilidad real, que puede ser diferente de la base fiscal resultante de la deducción porcentual.

Fuente: SAT: régimen de arrendamiento y deducción opcional.

Lee también: Cómo comparar la deducción opcional del arrendamiento.

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