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¿Un curso impartido por un médico lleva IVA?

Por qué la capacitación debe revisarse aparte de las consultas médicas del mismo profesional.

3 min de lectura Equipo SURE Contable

Ser médico no vuelve exentos todos los servicios que vendes. Una consulta y un curso pueden tener tratamiento distinto. Debes revisar la actividad concreta, quién la presta y si cumple los requisitos de alguna exención aplicable.

Enseñar no equivale a dar consulta

Una médica cobra por atención individual y también ofrece un taller para empresas sobre prevención. El taller puede tener valor sanitario, pero no debe facturarse automáticamente como consulta médica. La descripción del CFDI debe corresponder a la capacitación realmente prestada.

La Ley del IVA, artículo 15, fracciones IV y XIV, contempla exenciones de enseñanza y medicina con requisitos diferentes. Para enseñanza importan, entre otros elementos del supuesto, quién presta el servicio y las autorizaciones o reconocimiento que correspondan. Un diploma comercial al terminar el taller no demuestra por sí solo que exista la exención.

Separa ingresos y gastos por actividad

Crea conceptos distintos para consultas, cursos, materiales y venta de productos. Guarda contratos, programa del curso, información del prestador y comprobantes de cobro. Identifica si la operación es presencial, remota o venta de acceso a contenidos para revisar sus características.

Si hay actividades gravadas y exentas, el IVA de gastos compartidos requiere análisis conforme al artículo 5 de la Ley del IVA. Por ejemplo, un sistema de videollamadas utilizado para consulta y capacitación no debe asignarse sin revisar su destino.

El Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 29-A, establece requisitos del comprobante. No uses “honorarios médicos” para un curso únicamente para conservar la configuración de tu sistema.

Antes de anunciar el precio, calcula impuesto, preparación, materiales y tiempo de seguimiento. Si factura una empresa por tu capacitación, revisa también retenciones según régimen. Separar estas operaciones permite medir qué actividad deja margen y evita extender a nuevos productos una exención diseñada para servicios específicos.

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